Un esperado fallo de la Cámara Civil y Comercial sumó un nuevo capitulo a la causa judicial iniciada por el multimediático Grupo Clarín contra 4 artículos de la Ley de Medios.
La sentencia declaró constitucionales los artículos referidos a la transferencia de licencias y al plazo de 1 año para la adecuación a los límites de concentración de la propiedad que impone la ley.
Pero por otro lado, el tribunal cuestionado por conflicto de intereses declaró inconstitucionales los apartados que limitan la concentración en la televisión por cable.
Y otro punto saliente del fallo señala como un derecho adquirido por Clarín la explotación de las licencias que gestiona en la actualidad.
De este modo, finalizará en la Suprema Corte de Justicia el litigio sobre los 4 artículos de la Ley de Medios cuestionados por el gigante mediático Clarín.
En un análisis detallado de la sentencia, el investigador Martín Becerra asegura que “la inclusión del tema de la televisión por cable” significa “un añadido de complejidad” al litigio.
Becerra recordó que la televisión por cable es “el sector más importante económicamente de los regulados por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”. Recordó que en ese mercado “el Grupo Clarín controla cerca del 60% de los abonados a través de la firma Cablevisión Multicanal”.(PÚLSAR)