En Uruguay, los hechos constitucionales ligados a libertad de expresión de 2011 – 2012 se refieren a la aplicación de la Ley de Radiodifusión Comunitaria 18.232 sancionada en 2007.
En el informe Anual de Diversidad y Pluralismo en la Radiodifusión Argentina de 2010, la Asociación Mundial de Radios Comunitarias – América Latina y Caribe (AMARC ALC) resaltó el importante precedente que sentó la sanción de Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual(LSCA) en octubre de 2009 en Argentina.
Não houve mudanças na Constituição Federal ligadas à liberdade de expressão. Porém, segue no Brasil a mobilização da sociedade civil organizada em torno de um novo marco regulatório das comunicações, principalmente com a campanha “Para Expressar a Liberdade”, capitaneada pelo Fórum Nacional pela Democratização da Comunicação – FNDC e congregando diversas entidades, entre elas, a AMARC Brasil. A Campanha, lançada em 2012, tem como base vinte pontos propostos pelo FNDC, em conjunto com outras entidades e contribuições de consulta pública.
El 6 de junio del 2011 fue publicado el decreto con el que se reforman, adicionan y derogan diferentes disposiciones de los artículos 94, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El decreto, también conocido como la Reforma a la Ley de Amparo, permite que un grupo o colectivo presente un amparo a través del a figura del interés legítimo, ampliando la figura del amparo más allá del interés simple, lo que da pie a la protección de intereses colectivos.
En el transcurso del año 2011, en El Salvador se discutió y estudió un proyecto de ley para el ejercicio del derecho de rectificación y respuesta, una propuesta impulsada desde el FMLN como contrapeso a la eliminación de la pena de cárcel a quienes cometan delitos de difamación, calumnia e injuria.
El debate en torno a este proyecto de ley es importante dado que, en primer lugar, significaría el saldo de una deuda aún pendiente con la Constitución de la República, que en su Art. 6[1] lo considera una protección a los derechos y garantías fundamentales de la persona; y los tratados internacionales, suscritos a la fecha por el Estado salvadoreño entre los cuales se encuentra fundamentalmente la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la misma que en su Artículo 14 menciona que “toda persona afectada por información inexacta o agraviante […] tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley”[2].
El problema es que a nivel nacional no existe aún una ley secundaria que reglamente el ejercicio de este derecho, parte del derecho a la comunicación. La negativa de los diputados a aprobar el reglamento que regule el procedimiento para el ejercicio es entonces un atentado contra el derecho mismo.
La ley es importante también -en segundo lugar- porque amplía el campo del derecho de respuesta al debate sobre la democratización de los medios a través de parámetros éticos, creación de observatorios de medios y la aprobación de una iniciativa legislativa que pueda regular con equidad a medios públicos, privados y comunitarios. Una norma de este tipo podría reemplazar la Ley de Telecomunicaciones actual que solo tiene alcance sobre medios privados con fines de lucro.
Esta propuesta legislativa que busca democratizar los medios de comunicación está inspirada en tres principios fundamentales: la comunicación como un derecho humano, como instrumento democrático y la concepción del espectro radioeléctrico como patrimonio común.
La comunicación es entendida como un derecho humano en la medida que las personas deben tener acceso a los medios de comunicación social para expresarse y no deben ser exclusividad los empresarios con alto nivel adquisitivo que solo busquen lucrar y mercantilizar a través de los mismos, ni gobiernos autoritarios que lo usen como un mecanismo de control social o de anti demócratas que los usen para la dominación ideológica.
Estos medios de comunicación son además un instrumento democrático que garantiza la libertad de expresión y el pluralismo, por lo que es urgente trabajar por medios más transparentes e inclusivos, democratizar su propiedad, contenidos y objetivos, para en ese proceso democratizar también el espacio público.
Por último, se comprende el espectro radioeléctrico como un cúmulo de frecuencias de radio y televisión no comercializables, entendidas como bienes públicos. Para ello es necesario normar los mecanismos y procedimientos para la adjudicación de licencias radiales y televisivas en vez de dejarlo al libre arbitrio del mercado, que limita la participación de grupos sociales que no tienen los recursos económicos necesarios, secundando esta carencia en una participación desigual de los mismos en el conglomerado de medios existentes.
De este modo el debate sobre el derecho de rectificación y respuesta cobra relevancia al estar vinculado al amplio debate sobre la democratización de los medios de comunicación, un debate en el que se espera estén incluidos los actores de la sociedad civil y se garantice su ejecución como parte del proceso de democratización de la comunicación en el país.
[1] Constitución de la República de El Salvador 1983: http://www.pgr.gob.sv/documentos/constituciondelarepublica.pdf
[2] Convención Americana sobre Derechos Humanos 1969: http://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.htm
En febrero de 2011, el presidente ecuatoriano Rafael Correa, señaló que las radios comunitarias y los medios de comunicación sin fines de lucro a nivel nacional, serían excluidos de la pregunta 3 de la Consulta Popular puesto que los negocios de comunicación no podrían tener otro tipo de lucro fuera de su área para evitar conflictos de intereses.
Correa, recalcó que ha sido una práctica común en su país que los emporios industriales inviertan en sus propios medios de comunicación para, desde su aparato comunicacional, defender sus propios intereses, lo que a la larga perjudica a la sociedad y, por ende, es necesario separar el poder informativo del económico, que es lo que verdaderamente intenta indagar la pregunta sometida al deseo popular.
Al respecto, la Pregunta 3 consignada en la Consulta Popular de 2011 mencionaba lo siguiente:
“3. Con la finalidad de evitar conflicto de intereses, ¿está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sean dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constitución como lo establece el anexo 3?”
Siguiendo el orden de ideas, el anexo 3 buscaba modificar el Art. 312 de la Constitución ecuatoriana que data del año 2008, con lo que busca limitar la participación de los directores y principales accionistas en empresas de un rubro diferente al que ya participan.
En mayo del mismo año, el gobierno ecuatoriano reveló, con datos de un informe de la Comisión para la Auditoría de Frecuencias de Radio y Televisión 2008-2009, que diversos medios de comunicación mantenían negocios empresariales y financieros.
En el mencionado informe se muestran los casos del Grupo Vivanco, propietario del diario La Hora y sus 14 ediciones locales, además de la Radio Planeta, la Revista Judicial, Satnet (Servicios Agregados y Telecomunicaciones) y la Editorial Gran Tauro, que edita junto al Grupo Martínez –dueños de los diarios Extra y Expreso- la revista Vanguardia. Además, tiene estrecho vínculo con los Estudios Jurídicos Vivanco & Vivanco, Casa Vivanco y TV Cable.
Por su parte, el Grupo Pérez, propietario del diario El Universo, Radio City Diario Súper y socio del Grupo Alvarado Roca en Univisa, la fusión de El Universo con Ecuavisa. Ellos además mantendrían vínculo con la Compañía Naviera de Turismo Galápagos e incluso acciones bancarias en el Banco de Guayaquil.
Estos son solo algunos de los casos mencionados en el citado informe que toma en cuenta también al Grupo Mantilla, el Grupo Egas, entre otros más. Ello es muestra del nivel de acaparamiento existente en los medios de comunicación en Ecuador, lo que podría amenazar la libertad de prensa en el país sudamericano.
En el 2006 la Comisión para la Auditoría de las Concesiones de Frecuencias de Radio y Televisión señaló que “por lo menos cuatro concesionarios controlan los canales de VHF en prácticamente todo el país”[1] y, según datos recogidos por el programa de Estudios de la Comunicación de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), otros siete concesionarios concentran las frecuencias radiofónicas en diez provincias, además, cinco empresas son dueñas, a la vez, de medios gráficos, cadenas de televisión y radioemisoras de cobertura nacional.
Según el análisis de la UNESCO y el Centro Internacional de Estudios Superiores de Comunicación de Latinoamérica (CIESPAL), el 89% de las radios pertenecen al sector privado, 10,08% al sector público y lo restante a medios comunitarios. Del mismo modo, en los medios impresos la concentración es alarmante dado que de 22 diarios en circulación, cuatro de ellos acumula más del 90% del total facturado por el sector, según información al año 2006.
Con la llegada del presidente Rafael Correa, que ganó las elecciones del año 2006 con el 57% de los votos, el Estado empezó a tomar parte en este campo cuando en septiembre del año 2009 se inició el debate de la Ley de Comunicación en la Asamblea Legislativa, momento desde el cual los medios privados promovieron una gran campaña en contra de las nuevas disposiciones legales del Estado. De esa manera, emisoras antes distantes y rivales, pasaron a tener una estrategia y bandera común: la defensa de la libertad de expresión y del libre flujo de la información; tirando por la borda el debate público sobre los demás derechos ligados a la comunicación y que la constitución garantiza a todos los ciudadanos.
El gobierno, en especial el poder ejecutivo, continúa firme en la necesidad de regular el accionar de los medios de comunicación, buscando una mayor democratización y el alejamiento de los centros empresariales y los sectores más privilegiados de la sociedad ecuatoriana. Desde su programa semanal, el presidente defiende los argumentos en favor de una mayor regulación y acción estatal sobre este campo, lo que ha generado la crítica incisiva de la “prensa independiente”.
Los medios, distantes de la responsabilidad de crear una sociedad más crítica y una democracia más representativa, se han orientado al mercantilismo de la información y el entretenimiento impulsados por intereses económicos, convirtiéndose en actores despreocupados de la coyuntura política ecuatoriana. Estas son algunas de las conclusiones a las que han llegado Mauro Cerbino e Isabel Ramos, catedráticos de la Flacso.
De acuerdo a la Superintendencia de Telecomunicaciones, se encuentran en funcionamiento, en las 24 provincias del Ecuador, 1169 estaciones de radio y 515 televisoras, tanto de propiedad pública y comunitaria. Además, con el presidente Rafael Correa se dio un impulso a la creación de medios públicos, creándose así la Radio Pública –reemplazando a la antigua Radio Nacional-, Ecuador TV y el diario El Telégrafo –incautado por el Estado a un ex banquero-, medios que no son de carácter gubernamental. Se creó además la Agencia Pública de Noticias Andes, en el 2009. El único medio de comunicación del gobierno es el diario oficial El Ciudadano, de circulación semanal, enfocado en las actividades institucionales y los logros del gobierno.
El Marco Jurídico que protege la libertad de expresión en el Ecuador está dado por la Constitución del 2008 y la Ley de Televisión y Radiodifusión (1973-1995). En el Art. 66 de la Constitución se reconoce y garantiza a los ecuatorianos “el derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones”[2]. En el mencionado artículo, además, se garantiza el derecho de las personas agraviadas por información sin pruebas o inexacta, emitida por algún medio de comunicación social, a la rectificación, replica o respuesta, inmediata, obligatoria y gratuita, en el mismo espacio u horario.
Mediante consulta popular, la ciudadanía aprobó la desvinculación de los medios de comunicación del poder financiero y la redacción de una ley de comunicación que regule los contenidos de los medios de comunicación. Con esto el gobierno no está silenciado ni evitando la crítica, propia de los medios de comunicación y del ejercicio de la ciudadanía, lo que el gobierno busca con estas medidas es llevar el debate y la crítica a un campo de discusión con argumentos que evite los agravios.
[1] Para mayor información puede consultar: http://www.periodistas-es.org/medios-de-comunicacion/libertad-de-prensa-en-ecuador-vinculos-empresariales-y-financieros-de-grandes-medios-de-comunicacion
[2] Constitución de la República del Ecuador 2008: http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_ecu_const.pdf