Tras varias sesiones, la Corte Constitucional de Ecuador, emitió una sentencia en la que resolvió negar las demandas de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Comunicación.
La Corte argumentó razones de forma y de fondo.
El documento presenta las razones por las que desecharon la mayor parte de los argumentos que presentaron las tres demandas de inconstitucionalidad contra la Ley de Comunicación.
“No fue un tema sencillo de tratar”, asegura el magistrado Marcelo Jaramillo. Él añade que el trámite se demoró por el volumen del análisis que debieron hacer.
El trámite en esa instancia demoró más de un año, pues la primera demanda llegó en junio del 2013, días después de que se aprobara la Ley de Medios en la Asamblea.
Ahora, la sentencia de la Corte salió en un momento clave, pues el oficialismo presiona con el tema de las enmiendas.
Sin embargo, la jueza María del Carmen Maldonado argumenta que este calendario es una simple coincidencia, que no tiene ninguna relación con las enmiendas.
“Nosotros no podíamos saber cuándo iba a terminar el debate (sobre la Ley de Comunicación). Sesionamos en cinco días distintos”, señala.
Entre las propuestas del oficialismo está la de incluir en la Constitución a la comunicación como servicio público, un tema que se había demandado como inconstitucional en la Ley de Medios, pero que finalmente la CC rechazó.
Al respecto, Juan Pablo Albán, catedrático de la Universidad de San Francisco de Quito, mostró su preocupación y consideró que el Estado no se ha tomado suficiente tiempo para reflexionar sobre las consecuencias.
“Para que se califique como servicio público en un sentido negativo. Es decir cualquier afectación de derechos del ejercicio de la comunicación que pudiera dañar a terceros finalmente podría trasladar la responsabilidad al Estado, tanto en el plano doméstico como internacional”, añadió el catedrático. (César Joao Espinoza – Agencia Púlsar)