Latinoamérica | Nota publicada el 15/08/2008 - 19:02 hs. | |
ECUADOR-CONSTITUCIÓN |
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Puntos importantes de la Nueva Constitución de Ecuador La Constitución que será puesta a consideración del pueblo ecuatoriano el próximo 28 de septiembre cuenta con 444 artículos y 30 disposiciones transitorias. Aquí algunos puntos salientes del texto. Sectores estratégicos La Constitución señala que “el Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos”. “Se consideran sectores estratégicos la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro radioléctrico, el agua”. El texto sostiene que “los recursos naturales no renovables pertenecen al patrimonio inalienable e imprescriptible del Estado”. “El Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas”. “El Estado podrá delegar la participación en los sectores estratégicos y servicios públicos a empresas mixtas en las cuales tenga mayoría accionaria”. “El Estado podrá, de forma excepcional, delegar a la iniciativa privada y a la economía popular y solidaria, el ejercicio de estas actividades, en los casos que establezca la ley”. “Se prohíbe el latifundio y la concentración de la tierra, así como el acaparamiento o privatización del agua y sus fuentes”. En este sentido, el proyecto establece que “la gestión del agua será exclusivamente pública o comunitaria”. La economía y las finanzas Es facultad exclusiva del poder ejecutivo “la formulación de las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera”. También “la creación de aranceles y la fijación de sus niveles son competencia exclusiva de la Función Ejecutiva”. “Las participaciones accionarias que posean las personas jurídicas del sector financiero en empresas ajenas a este sector, se enajenarán en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución”. “Se prohíbe el congelamiento o la retención arbitraria o generalizada de los fondos o depósitos en las instituciones financieras públicas o privadas”. El proyecto reconoce que “se priorizarán los impuestos directos y progresivos”. Poderes del Estado El periodo presidencial es de cuatro años y puede ser renovado por un mandato consecutivo. A las funciones legislativas, ejecutivas y judiciales, se agregan la Electoral y la de Transparencia y Control Social. “La Función de Transparencia y Control Social promoverá e impulsará el control de las entidades y organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o desarrollen actividades de interés público”. “El Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis política y conmoción interna”. Sin embargo, el texto aclara que “esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años de su mandato”. Por el otro lado, con el acuerdo de la Corte Constitucional, el Congreso podrá enjuiciar al presidente y revocar su mandato. “Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, la Presidenta o Presidente de la República podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo”. Salud y Educación Otro pasaje de la iniciativa señala que “Estado asignará de forma progresiva recursos públicos del Presupuesto General del Estado para la educación inicial básica y el bachillerato, con incrementos anuales de al menos el cero punto cinco por ciento del Producto Interior Bruto hasta alcanzar un mínimo del seis por ciento del Producto Interior Bruto”. También señala que “el Presupuesto General del Estado destinado al financiamiento del sistema nacional de salud, se incrementará cada año en un porcentaje no inferior al cero punto cinco por ciento del Producto Interior Bruto, hasta alcanzar al menos el cuatro por ciento. Soberanía e integración El texto clarifica que “no se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares”. Así como “se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”. “La integración, en especial con los países de Latinoamérica y el Caribe, será un objetivo estratégico del Estado”. “La erradicación del analfabetismo constituirá política de Estado”. Además, del español, se reconocen como lenguas oficiales al quechua y al shuar. Medios El proyecto contempla la conformación de “una comisión para realizar una auditoría de las concesiones de las frecuencias de radio y televisión”. Además, “las participaciones accionarias de las personas jurídicas del sector financiero, sus representantes legales y miembros de directorio y accionistas que tengan participación en el capital pagado de medios de comunicación social, deberán ser enajenadas en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución”. El texto completo de la Constitución ecuatoriana está disponible en la página digital de la Asamblea Constituyente.(PÚLSAR) al 15/08/2008 Haga click aquí para acceder a más notas de esta Cobertura |
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